A principios del mes de noviembre publicábamos esta noticia que, si bien sería idónea de publicar el 28 de diciembre con motivo del «Día de los Inocentes», no tendría sentido haberlo hecho el 6 de noviembre. Cambio en la normativa antidopaje de la AMA y ciertas drogas dejarán de estar prohibidas siempre y cuando se consuman fuera de la competición.
Ayer mismo fue publicada de manera oficial la nueva normativa que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2021 y que nos confirma la noticia anterior, que muchos creían imposible o publicaba sin ningún tipo de contraste. Hemos desgranado un poco esa nueva normativa WADA-AMA hasta dar con este tema incluido como modificación de la norma antidopaje.
En la normativa 2021 se describe como «sustancias de abuso»: «El Artículo 4.2.3 del Código define las Sustancias de Abuso como aquellas “Sustancias Prohibidas que se identifican específicamente como Sustancias de abuso en la Lista de prohibiciones porque son abusado con frecuencia en la sociedad fuera del contexto del deporte «. Cocaína, diamorfina (heroína), metilendioximetanfetamina (MDMA / «éxtasis») y El tetrahidrocannabinol (THC) se designa como Sustancias de Abuso. Otras sustancias están actualmente bajo revisión y pueden ser designadas como Sustancias de Abuso en el futuro».
Tras leer esto nos vamos a la modificación de la normativa 2021 donde se cuenta cómo se van a tratar a esas sustancias de abuso dentro del deporte profesional y no profesional.
- Sustancias de abuso: «durante el proceso de revisión de dos años para la versión 2021 del Código , la AMA recibió comentarios considerables de las partes interesadas relacionadas con las sustancias de abuso, donde se consideró que el uso de algunas sustancias incluidas en la lista a menudo no estaba relacionado con el rendimiento deportivo. En consecuencia, se agregó al Código el Artículo 4.2.3, y la cocaína, diamorfina (heroína), metilendioximetanfetamina (MDMA / “éxtasis”) y tetrahidrocannabinol (THC) se han identificado como sustancias de abuso en la Lista de 2021.